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Política AML/KYC de Unique Casino

Descripción de los procedimientos de verificación de identidad y prevención del blanqueo de capitales en Unique Casino.

1. Introducción y objeto del documento

El presente documento describe los procedimientos y obligaciones que aplica Unique Casino en materia de prevención del blanqueo de capitales (AML, Anti-Money Laundering) y de verificación de identidad del cliente (KYC, Know Your Customer). El objeto de esta política es garantizar que las operaciones realizadas en la plataforma se ajustan a los marcos normativos aplicables en la Unión Europea y, en particular, a las exigencias regulatorias vigentes para operadores de juego online.

Estos procedimientos se aplican a todos los usuarios que acceden a los servicios de la plataforma, con independencia del método de pago utilizado o del volumen de actividad registrado en la cuenta.

2. Marco normativo de referencia

Los operadores de juego online en la Unión Europea tienen la condición de sujetos obligados en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. En consecuencia, están sometidos a las directivas europeas AML y a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI/FATF).

En el ámbito español, la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) es el organismo competente en materia de regulación y supervisión del juego online. La normativa española establece, entre otras obligaciones:

  • La verificación completa de identidad del usuario antes de que este pueda realizar depósitos o participar en actividades de juego.
  • La consulta del Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ) para impedir el acceso a personas autoexcluidas.

3. Proceso de verificación de identidad (KYC)

3.1 Registro y recogida de datos

En el momento del registro, Unique Casino solicita al usuario la siguiente información personal: nombre completo, fecha de nacimiento, dirección de residencia y datos de contacto. Esta información es necesaria para iniciar el proceso de verificación y para comprobar que el usuario cumple los requisitos de edad y residencia exigidos.

3.2 Documentación requerida

Para completar la verificación de identidad, el usuario debe aportar los siguientes documentos:

  • Documento de identidad vigente: DNI, NIE o pasaporte en vigor.
  • Justificante de domicilio reciente: factura de suministros, extracto bancario o certificado de empadronamiento con una antigüedad no superior a tres meses.
  • Verificación biométrica: selfie sosteniendo el documento de identidad, cuando así se requiera.

En caso de que el usuario desee retirar fondos mediante un método distinto al utilizado para el depósito, podrá solicitarse documentación adicional que acredite la titularidad de la nueva cuenta o tarjeta.

3.3 Plazos y límites sin verificación

De conformidad con las exigencias regulatorias aplicables, Unique Casino establece límites de depósito y de tiempo de juego durante el período previo a la verificación documental completa. Una vez alcanzados dichos límites, no se permite continuar con la actividad hasta que la verificación haya sido completada satisfactoriamente.

3.4 Verificación de edad

Ningún usuario menor de 18 años puede registrarse ni participar en actividades de juego en Unique Casino. La verificación de la edad mínima legal forma parte del proceso KYC estándar y se realiza mediante la comprobación de los documentos de identidad aportados.

3.5 Verificación de residencia

El usuario debe acreditar que reside en una jurisdicción en la que Unique Casino está autorizado a prestar sus servicios. La verificación de residencia se realiza mediante los documentos indicados en el apartado 3.2. Los usuarios procedentes de jurisdicciones restringidas no pueden completar el registro ni acceder a los servicios.

4. Debida diligencia del cliente (CDD)

Unique Casino aplica medidas de debida diligencia del cliente de forma proporcional al nivel de riesgo asociado a cada usuario. Estas medidas incluyen:

  • Recogida y verificación de información personal mediante fuentes independientes.
  • Evaluación del perfil de riesgo del usuario en función de su actividad, origen de fondos y jurisdicción de residencia.
  • Revisión periódica de cuentas y movimientos para detectar patrones de actividad inusuales o sospechosos.

Cuando el volumen de depósitos o el perfil de actividad del usuario supera determinados umbrales de riesgo, Unique Casino puede solicitar documentación adicional que justifique el origen de los fondos, como nóminas, declaraciones de la renta u otros documentos de ingresos acreditados.

5. Monitoreo de transacciones y detección de actividad sospechosa

Unique Casino mantiene sistemas de monitoreo de transacciones orientados a detectar indicios de blanqueo de capitales, estructuración de operaciones (smurfing) o financiación del terrorismo. Entre los patrones objeto de seguimiento se incluyen depósitos o retiradas de importes inusualmente elevados, operaciones fraccionadas sin justificación aparente y actividad inconsistente con el perfil declarado del usuario.

Cuando se detecta una operación que presenta indicios de actividad sospechosa, Unique Casino procede a comunicarla a la unidad de inteligencia financiera competente dentro de los plazos máximos establecidos por la normativa aplicable.

6. Conservación de registros

Unique Casino conserva los registros completos de transacciones financieras y los datos de debida diligencia del cliente durante un período mínimo de cinco años contados desde la finalización de la relación con el usuario. Este período puede ampliarse cuando así lo exija la normativa vigente o una resolución de autoridad competente.

Los datos conservados incluyen, entre otros:

  • Información de identificación del usuario.
  • Documentos aportados durante el proceso KYC.
  • Historial de depósitos y retiradas.
  • Medios de pago utilizados y datos del titular verificado.

7. Responsable de cumplimiento AML

Unique Casino designa un responsable de cumplimiento en materia de prevención del blanqueo de capitales (MLRO, Money Laundering Reporting Officer), cuya función es supervisar la aplicación de esta política, gestionar las comunicaciones de operaciones sospechosas y garantizar la actualización del programa AML conforme a los cambios normativos.

8. Activos virtuales

En caso de que Unique Casino acepte depósitos o retiradas en activos virtuales o criptomonedas, se aplican los mismos requisitos KYC y AML que para operaciones en moneda fiduciaria. Adicionalmente, se realiza el screening de direcciones de blockchain y se cumplen las obligaciones derivadas de la Travel Rule cuando resulta de aplicación.

9. Restricciones de acceso

Unique Casino no presta servicios a usuarios procedentes de jurisdicciones restringidas. La lista de países excluidos se recoge en los Términos y Condiciones del servicio. Asimismo, no se permite el acceso a:

  • Usuarios incluidos en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ).
  • Personas que figuren en listas de sanciones internacionales.
  • Personas políticamente expuestas (PEP) que no hayan superado los controles de debida diligencia reforzada.

10. Modificaciones de esta política

Unique Casino se reserva el derecho de actualizar el contenido de esta política en cualquier momento, con el fin de adaptarla a cambios normativos o a modificaciones en los procedimientos internos de cumplimiento. La versión vigente estará disponible en todo momento a través de los canales de información del servicio.